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sábado, 4 de junio de 2022



Resguarda SEP inmuebles y vehículos oficiales en los seis estados donde habrá elecciones locales

La dependencia cumple lo dispuesto en Programa de Blindaje Electoral 2022

Se evita que los recursos se utilicen con fines político-electorales

SEP reitera a servidores públicos que están obligados a cumplir la ley

Esta medida se aplicará 48 horas antes de la jornada electoral y hasta el lunes 6 a las 9:00

Con motivo de la jornada electoral del 5 de junio en seis entidades de la República, y en el marco del Programa de Blindaje Electoral 2022, la Secretaría de Educación Pública (SEP) instruyó a sus enlaces educativos resguardar inmuebles y vehículos de la dependencia.

La medida, cuyo objetivo es evitar que los recursos se utilicen con fines político-electorales, se aplicará 48 horas antes del día de la jornada comicial, es decir, desde el viernes 3 de junio y hasta el lunes 6 a las 9:00h en los estados de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas.


Incluye oficinas, bodegas, estacionamientos, inmuebles y vehículos de órganos administrativos desconcentrados y entidades sectorizadas.

Las acciones serán coordinadas por la Unidad de Administración y Finanzas y el Órgano Interno de Control (OIC) de la SEP. Además, en su caso, se contará con la participación de representantes de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (Fisel) de la Fiscalía General de la República (FGR).

La SEP reitera que los servidores públicos están comprometidos a desempeñarse en todo momento con legalidad, honradez e imparcialidad, por lo que no se tolerará ninguna conducta contraria a lo señalado por la ley.

La dependencia invita a los ciudadanos a denunciar cualquier irregularidad ante la Secretaría de la Función Pública (SFP): sidec.funcionpublica.gob.mx, y en la Fisel:

 https://www.fedenet.org.mx/registro.aspx

De esta manera, la SEP actúa con base en lo establecido en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece:

“Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental.”


Lo anterior incluye todos los medios de comunicación social: visuales, auditivos o de cualquier índole, así como folletos, mensajes de radio y televisión, pinta de bardas, carteles, espectaculares y redes sociales, entre otros.

Los lineamientos del blindaje electoral sirven como instrumento de prevención de delitos electorales en las entidades donde hayan de celebrarse comicios, sean locales o federales, de conformidad con las legislaciones del fuero común de las entidades federativas o federales y de acuerdo con calendario electoral que al efecto emita el Instituto Nacional Electoral (INE), o los organismos públicos electorales correspondientes, de conformidad con los lineamientos emitidos por la SFP y la Fisel.


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