La ONU adopta un acuerdo para conservar la
biodiversidad marina en aguas internacionales
Cambio climático y medioambiente
El acuerdo entrará en vigor
tras su ratificación por 60 Estados y su firma se abrirá a partir del 20 de
septiembre por un periodo de dos años. El titular de la ONU aplaude el pacto y
recuerda que “las amenazas globales requieren una acción de escala mundial”.
Este lunes 19 de junio se convirtió en un día
histórico para la conservación de la vida marina. Las Naciones Unidas adoptaron
en Nueva York un acuerdo que garantiza la conservación y el uso sostenible de
la biodiversidad marina en las zonas situadas fuera de las jurisdicciones
nacionales, un amplísimo espacio que abarca más de dos tercios de los
océanos del planeta.
El Secretario General de la ONU elogió la
adopción del documento y lo ejemplificó como una demostración de fuerza del
multilateralismo.
“Actuando para combatir las amenazas a nuestro
planeta que van más allá de las fronteras nacionales, ustedes demuestran que
las amenazas globales requieren una acción a escala mundial", dijo a las
delegaciones de los Estados miembros, "y que los países se pueden unir, en
solidaridad, por el bien común".
El Acuerdo estará abierto a la firma en la sede de
las Naciones Unidas en Nueva York durante dos años a partir del 20 de
septiembre de este año, un día después de la Cumbre de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible.
El Acuerdo entrará en vigor tras su
ratificación por 60 Estados. El Secretario General deberá
convocar la primera reunión de la Conferencia de las Partes del Acuerdo a más
tardar un año después de su entrada en vigencia.
Cuatro puntos
básicos
- Creará un marco para la distribución justa y equitativa de los
posibles beneficios derivados de las actividades relacionadas con los
recursos genéticos marinos y la secuenciación digital de los mismos en
aguas internacionales, garantizando que dichas actividades beneficien a
toda la humanidad.
- Permitirá establecer mecanismos de gestión
(explotación) por zonas, como las áreas marinas protegidas, a fin de
conservar y administrar de forma sostenible las especies y los hábitats de
alta mar en las zonas internacionales de los fondos marinos.
- Este
tipo de medidas son fundamentales para cumplir el objetivo mundial de
conservar y gestionar eficazmente al menos el 30% de las zonas
terrestres, aguas continentales, y áreas marinas y costeras para 2030,
según lo acordado en el Marco Mundial de la Biodiversidad de
Kunming-Montreal.
- Garantizará la evaluación y el examen del
impacto medioambiental de las actividades realizadas en zonas fuera de las
jurisdicciones nacionales.
- También
establecerá un marco jurídico internacional para la evaluación de los
impactos en las actividades y sus consecuencias relacionadas con el
cambio climático, la acidificación de los océanos y otros efectos conexos
en alta mar.
- Por último, facilitará el logro de las
condiciones y la transferencia de tecnología marina necesaria para ayudar
a las Partes a alcanzar los objetivos del Acuerdo, en particular a los
Estados en desarrollo.
Además de estos aspectos esenciales, el Acuerdo
aborda varias cuestiones transversales, como su relación con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar,
con los instrumentos y marcos jurídicos pertinentes y con los órganos
mundiales, regionales, subregionales y sectoriales competentes, así como la
financiación y la solución en caso de controversias.
También establece una serie de mecanismos institucionales, como una
Conferencia de las Partes, un Órgano Científico y Técnico y otros órganos
subsidiarios de la Conferencia de las Partes, un Mecanismo de Facilitación y
una secretaría.
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