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martes, 25 de enero de 2022




Decreto que crea el nuevo Servicio de Medios Públicos de la CDMX viola la Constitución capitalina

El gobierno de la CDMX publicó el 21 de diciembre en la Gaceta Oficial un decreto inconstitucional que crea el Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, como un organismo público descentralizado, supeditado a la administración local y un vehículo de propaganda oficial.

El decreto contraviene lo establecido en la Constitución Política de la Ciudad de México, porque el artículo 16 apartado F numeral 8 estipula que “los poderes públicos crearán un Sistema Público de Radiodifusión de la Ciudad de México (…) operado por un organismo público descentralizado”, es decir, independiente, porque establece que debe ser descentralizado no sectorizado.

Dicho Servicio de Medios Públicos de la CDMX operará la señal de televisión Capital 21, con cobertura en la Zona Metropolitana del Valle de México. 

El decreto es una decisión unilateral de la Jefa de Gobierno de la CDMX, impuesta a los demás poderes públicos locales. 

En oposición a lo que expresamente señala la Constitución de la CDMX, el decreto sectoriza el nuevo Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México a la Secretaría de Cultura, convirtiéndole en una televisora oficialista al servicio de la administración en turno. 

La Constitución capitalina dispone que el organismo a cargo de la radiodifusión pública sea encabezado por un “Consejo de Administración compuesto por siete integrantes con mayoría ciudadana como órgano de gobierno” y sin compromisos partidarios. Sin embargo, en el decreto, la doctora Claudia Sheinbaum establece un órgano de gobierno integrado sólo por funcionarios de su administración y de apenas cinco personas.

La Constitución de la CDMX indica que el Sistema Público de Radiodifusión será dirigido por una persona “designada por el Consejo de Administración y electa a partir de una terna propuesta por el Congreso de la Ciudad de México”. Pero el decreto de Sheinbaum determina que la Dirección General “será nombrada y removida libremente” por la Jefa de Gobierno, lo cual cancela cualquier independencia.

Incluso la Ley del Sistema Público de Radiodifusión de la Ciudad de México, publicada por la propia Jefa de Gobierno en agosto de 2019, establece un Consejo de Administración integrado por representantes del Congreso, el Poder Judicial capitalino y cuatro personas ciudadanas. 

El Consejo Consultivo Ciudadano de Programación debería estar integrado por once personas electas mediante convocatoria pública; el decreto estipula que tendrá un Consejo Ciudadano integrado por cinco personas “elegidas de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Orgánico”.

Al nacer como un medio público oficialista que anula la autonomía administrativa y de gestión del nuevo Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, el decreto también transgrede la Constitución General de la República y los principios de los medios públicos establecidos en el artículo décimo transitorio de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión de 2013: 

“Los medios públicos [federales, locales y de instituciones públicas] que presten el servicio de radiodifusión deberán contar con independencia editorial; autonomía de gestión financiera; garantías de participación ciudadana; reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas; defensa de sus contenidos; opciones de financiamiento; pleno acceso a tecnologías, y reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales.”

Por tratarse de una violación flagrante al artículo 16 apartado F numeral 8 de la Constitución de la Ciudad de México y décimo transitorio de la Carta Magna, la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) y la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA) hacen un enérgico llamado:

·         A la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México para que presente una controversia constitucional en contra del decreto que crea el Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México.

·         A las fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Ciudad de México para que publiquen un Punto de Acuerdo que llame a respetar la separación de los poderes públicos locales y a que la Presidencia de la Mesa Directiva presente la controversia constitucional.

·         A la Jefa de Gobierno de la CDMX para que rectifique y retire el decreto por ser notoriamente inconstitucional.

·         Al Instituto Federal de Telecomunicaciones -organismo autónomo especializado en la materia- para que vigile el cumplimiento de los lineamientos para el otorgamiento de concesiones, las obligaciones del Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México y se cumplan a cabalidad los principios y condiciones establecidas en el artículo décimo transitorio de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión de 2013. 

·         A La Red de Radiodifusoras y Televisoras Educativas y Culturales de México, para que analicen estos alcances y afectaciones a los principios de los medios públicos de radiodifusión. 

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Presidenta de la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA)

Mtra. Beatriz Solís Leree

 Consejo Directivo de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi)

Presidente

Dr. Jorge Bravo

 


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