Acerca de la Guardia Nacional
ROMPECABEZAS
Por ABEL LUNA ESPINOSA
LA CORTE INTERAMERICANA
de Derechos Humanos estableció desde el 25 de noviembre del año 2000 que los
Estados “deben limitar al máximo el uso de las Fuerzas Armadas para el control
de la criminalidad común o violencia interna, puesto que el entrenamiento que
reciben está dirigido a derrotar un objetivo legítimo, y no a la protección y
control de civiles, entrenamiento que es propio de los entes policiales”
En otras palabras, desde
hace 21 años que las funciones del ejército, y en nuestro medio también la
llamada Guardia Nacional, de ninguna manera pueden realizar actividades de
investigación o persecución de asuntos que competen al ámbito civil.
Esto viene al punto, por
las pretensiones presidenciales de encauzar a los integrantes de la Guardia
hacia la estructura de la Secretaría de la Defensa Nacional; lo que
originalmente estaba previsto en 5 años.
Si leemos con
detenimiento el texto de la CIDH apuntado arriba, señala con precisión que los
hombres de verde no están capacitados para las actividades de vigilancia; están
adiestrados para otros objetivos, para el uso de las armas.
Es más, durante el
parlamento abierto llevado a cabo en la Cámara de Diputados en enero de 2019,
antes de generarse la aprobación legislativa que dio origen a ese cuerpo
armado, las voces de los especialistas coincidieron en la importancia de sacar
al ejército de las tareas de seguridad pública.
Carlos Bravo Regidor, del
Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE) apuntó que la entrega de “tanto
poder” a las fuerzas armadas es contraproducente porque se ha manifestado como
una fuerza que no rinde cuentas a la sociedad, es más dijo claramente que la
creación de la Guardia “es anticonstitucional” y no cuenta con diagnósticos
claros y ello sería dar un giro hacia una sustentación endeble que justificara
esa decisión.
El dictamen no recataba
las visiones sociales porque se insiste en mantener los mismos paradigmas. Es
más, apuntó, la propia Comisión Nacional de Derechos Humanos ha documentado
constantemente que 7 de 10 demandas por rebasamiento de las garantías
individuales han ocurrido de parte de integrantes de las fuerzas armadas.
En la misma oportunidad
Julio Ríos Figueroa, también especialista investigador del CIDE, recordó que la
sociedad ha visto cómo desde 1946 se ha mantenido un Pacto Civil Militar, dando
una gran deferencia a los hombres de verde y consideró poco probable que la
Fiscalía General de la República pudiera vigilar de cerca las acciones de la
Guardia.
Los diputados también
oyeron del consultor Alejandro Hope Pinson que no quedaban claros en el
dictamen las atribuciones de la Guardia Nacional, entonces ¿para qué la
quieren?, hay cuerpos intermedios con preparación adecuada para esas funciones
de seguridad.
Inclusive, señaló,
todos sus integrantes deberían ser sometidos a controles de confianza y hasta
donde puede saberse eso no ha sucedido.
Sin embargo en agosto
de 2019, de acuerdo con datos de la Secretaría de Seguridad y Protección
Ciudadana, la presencia de la Guardia no había inhibido la muerte diaria de 77
personas en los 30 estados (¡es decir, prácticamente todo el país!)
LOS COMISIONADOS DEL Instituto
Nacional de Transparenica, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
(INAI), están muy activo y han logrados la apertura de asuntos de relevancia
nacional.
En este caso está el de
la Fiscalía General de la República, la que ha publicado en su página
electrónica todo el expediente relacionado con el caso del general en retiro
Salvador Cienfuegos Zepeda.
El comisionado Oscar
Guerra Ford comentó que de esta manera se verifica que a través de este derecho las personas logran su participación
más directa en los actos de gobierno.
La trascendencia de este asunto
es por primera vez en la historia del país un elemento de alto rango perteneciente
al Ejército Mexicano fue sujeto a una investigación por la posible comisión de
actos delictivos; y, por otra parte, al apertura y rendición de cuentas para
que cualquier persona pueda fiscalizar este tipo de investigaciones.
En su respuesta la FGR mencionó
que la versión del asunto es consultable en la página electrónica de la
dependencia.
Los documentos de la
investigación están integrados por 4 mil 765 fojas y usted puede consultarlos
bajo el título “Expediente del caso Salvador C”, empezando por el 3 de
noviembre de 2020, en
https://www.gob.mx/fgr/documentos/investigacion-cienfuegos
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