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miércoles, 16 de junio de 2021

Acerca de la Guardia Nacional

ROMPECABEZAS

Por ABEL LUNA ESPINOSA

LA CORTE INTERAMERICANA de Derechos Humanos estableció desde el 25 de noviembre del año 2000 que los Estados “deben limitar al máximo el uso de las Fuerzas Armadas para el control de la criminalidad común o violencia interna, puesto que el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar un objetivo legítimo, y no a la protección y control de civiles, entrenamiento que es propio de los entes policiales”

En otras palabras, desde hace 21 años que las funciones del ejército, y en nuestro medio también la llamada Guardia Nacional, de ninguna manera pueden realizar actividades de investigación o persecución de asuntos que competen al ámbito civil.

Esto viene al punto, por las pretensiones presidenciales de encauzar a los integrantes de la Guardia hacia la estructura de la Secretaría de la Defensa Nacional; lo que originalmente estaba previsto en 5 años.

Si leemos con detenimiento el texto de la CIDH apuntado arriba, señala con precisión que los hombres de verde no están capacitados para las actividades de vigilancia; están adiestrados para otros objetivos, para el uso de las armas.

Es más, durante el parlamento abierto llevado a cabo en la Cámara de Diputados en enero de 2019, antes de generarse la aprobación legislativa que dio origen a ese cuerpo armado, las voces de los especialistas coincidieron en la importancia de sacar al ejército de las tareas de seguridad pública.

Carlos Bravo Regidor, del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE) apuntó que la entrega de “tanto poder” a las fuerzas armadas es contraproducente porque se ha manifestado como una fuerza que no rinde cuentas a la sociedad, es más dijo claramente que la creación de la Guardia “es anticonstitucional” y no cuenta con diagnósticos claros y ello sería dar un giro hacia una sustentación endeble que justificara esa decisión.

El dictamen no recataba las visiones sociales porque se insiste en mantener los mismos paradigmas. Es más, apuntó, la propia Comisión Nacional de Derechos Humanos ha documentado constantemente que 7 de 10 demandas por rebasamiento de las garantías individuales han ocurrido de parte de integrantes de las fuerzas armadas.

En la misma oportunidad Julio Ríos Figueroa, también especialista investigador del CIDE, recordó que la sociedad ha visto cómo desde 1946 se ha mantenido un Pacto Civil Militar, dando una gran deferencia a los hombres de verde y consideró poco probable que la Fiscalía General de la República pudiera vigilar de cerca las acciones de la Guardia.

Los diputados también oyeron del consultor Alejandro Hope Pinson que no quedaban claros en el dictamen las atribuciones de la Guardia Nacional, entonces ¿para qué la quieren?, hay cuerpos intermedios con preparación adecuada para esas funciones de seguridad.

Inclusive, señaló, todos sus integrantes deberían ser sometidos a controles de confianza y hasta donde puede saberse eso no ha sucedido.

Sin embargo en agosto de 2019, de acuerdo con datos de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la presencia de la Guardia no había inhibido la muerte diaria de 77 personas en los 30 estados (¡es decir, prácticamente todo el país!)

LOS COMISIONADOS DEL Instituto Nacional de Transparenica, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), están muy activo y han logrados la apertura de asuntos de relevancia nacional.

En este caso está el de la Fiscalía General de la República, la que ha publicado en su página electrónica todo el expediente relacionado con el caso del general en retiro Salvador Cienfuegos Zepeda.

El comisionado Oscar Guerra Ford comentó que de esta manera se verifica que a través de este derecho las personas logran su participación más directa en los actos de gobierno.

La trascendencia de este asunto es por primera vez en la historia del país un elemento de alto rango perteneciente al Ejército Mexicano fue sujeto a una investigación por la posible comisión de actos delictivos; y, por otra parte, al apertura y rendición de cuentas para que cualquier persona pueda fiscalizar este tipo de investigaciones.

En su respuesta la FGR mencionó que la versión del asunto es consultable en la página electrónica de la dependencia.

Los documentos de la investigación están integrados por 4 mil 765 fojas y usted puede consultarlos bajo el título “Expediente del caso Salvador C”, empezando por el 3 de noviembre de 2020, en

https://www.gob.mx/fgr/documentos/investigacion-cienfuegos

aluna55ster@gmail.com

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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